SECRETARIA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y DE TRATO
7 DE MARZO DE 2017
¨DIA NACIONAL DE LA VISIBILIZACION LESBICA¨
Entre las personas con las que trabajamos podemos identificar múltiples diferencias. En general, estamos preparados para reconocer las diferencias de orden cultural, social y de edad. Sin embargo, en relación a la orientación sexual o a la identidad de género no ocurre lo mismo: Solemos actuar pensando que todas las personas con las que interactuamos son heterosexuales.
En otras palabras, presumimos la heterosexualidad de todas y de todos.
Partimos de una cultura basada en una concepción binarista de género, que contempla sólo a varones y mujeres heterosexuales, excluyendo la posibilidad de otras construcciones más amplias y dinámicas.
Cuando suponemos que todas las personas que comparten nuestro lugar de trabajo son heterosexuales estamos reproduciendo los estereotipos de género y familia tradicional, sin contemplar a las personas que establecen otros modelos de familia o pareja.
Esto provoca que las personas LGTBI de la Comunidad de Trabajo no puedan expresar libremente su orientación sexual o su identidad de género, dificultándoseles la posibilidad de sentirse cómodo/as, no violentado/as con sus compañero/as de trabajo.
Es decir:
Se ¨invisibilizan¨ y autoexcluyen en un intento de evitar posibles actos discriminatorios hacia ello/as que, en ocasiones, pueden incluir la pérdida de su puesto laboral.
Normativa a nivel nacional:
• Constitución Nacional: Artículos 14°, 16°, 19° y 33°.
• Ley 20.744- Ley de Contrato de Trabajo. Art. 17° y 81°- Prohibición de hacer discriminaciones.
• Ley 26.618- Ley de Matrimonio Igualitario
• Ley 26.743- Ley de Identidad de Género
• DNU 1006/12- Equiparación de derechos para hijos e hijas de personas LGTBI.
• Ley 26.791- Ley de Femicidio
• Ley 26.862- Fertilización asistida
La diversidad y la inclusión, nos enriquecen
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